Por Fernando Acero
Por segunda vez, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia en una causa relacionada con el "Canon Digital", o compensación por copia privada.
En este caso, el Tribunal de la Unión Europea ha procedido a dictar Auto de Archivo de la causa C-387/09 Egeda/Magnatrading, por reafirmarse en la Sentencia dictada anteriormente en el caso Sgae/Padawan y sin modificar una coma de la misma, tras ser oída la Abogada General, Sra. V. Trstenjak...
Dicho de otra forma, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ratifica en su sentencia anterior. Esta resolución del Tribunal viene a reforzar aún más la postura de todas aquellas personas, asociaciones, empresas e instituciones que no están de acuerdo con la aplicación indiscriminada de este gravamen digital en España y que están luchando por la modificación de la norma que lo regula. Entre ellas se encuentran, la Asociación de Internautas o @pemit (Asociación Española de Empresas de Informática y Nuevas Tecnologías), asociaciones que participan conjuntamente en el movimiento Todos Contra el Canon, así como la plataforma ciudadana RedSOStenible.
Este hecho hace que el "Canon Digital", a diferencia de lo que sostienen algunos que están dispuestos a negociar su aplicación, no es algo negociable, o que sea objeto de intercambio para poder apoyar otras iniciativas legislativas, como la ley Biden-Sinde tras ser rechazada en el Congreso de los Diputados.
Está claro que es necesario acometer con urgencia la modificación de la norma que lo regula, dejando bien claro en la misma, que no puede aplicarse a empresas, autónomos y administraciones públicas, evitando así, que se siga cobrando ilegalmente y el mantenimiento de una situación de inseguridad jurídica insostenible en un Estado de Derecho.
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