Carnaza mediática

 

 

La noticia de la redada anti-intercambio "sin precedentes en Europa" ya está sirviendo de carnaza para alimentar el habitual amarillismo mediático contra Internet, y no tiene mucho sentido repetirla aquí. Prefiero dar mi opinión y dejar que los lectores expresen libremente la suya.

En primer lugar, todo eso no tiene nada que ver con la libre difusión del conocimiento que aquí nos interesa y ocupa, por lo que creo que no procede rasgarse por esto las vestiduras de los ciberderechos. En segundo término, apuesto a que el globo se desinflará en cuanto un abogado inteligente haga ver a los jueces que todo lo que cuenta la televisión no es cierto, que no es lo mismo alojar enlaces que películas.

Tiempo al tiempo.

Comentarios

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Krampo's picture

LSSI: ¿cuándo se comete delito?


Ya lo comenté hace unos días por aquí.

Acusar a alguien de vulnerar el artículo 17.1 de la LSSI no es tan fácil como pueda parecer a primera vista.

Para muestra un botón: fragmento de la Sentencia del caso ajoderse.com:

Que puede existir responsabilidad por la colección de hiperenlaces según el texto de la Ley 34/2002, de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, que en su art. 17 establece la responsabilidad en que incurre un sitio Web cuando sabiendo que un contenido es ilícito, se expone un enlace a una página declarada ilegal. Se precisaría el conocimiento efectivo por parte del proveedor de servicios de que la actividad o la información a la que remite el hiperenlace es ilícita. Pero aún cuando el prestador de servicios conozca la ilicitud de las páginas enlazadas, la Ley 34/2002 define lo que se entiende como conocimiento efectivo en el último párrafo de su art. 17.1 : "Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse."

Por tanto, al no haberse aportado a la causa prueba alguna de la que deriven indicios de existir una resolución del tipo al que se refiere el citado último párrafo del art. 17.1 de la Ley 34/2002, ni que el imputado como prestador de servicios conociera tal resolución, no resulta debidamente justificada la perpetración del delito...

Así que habrá que esperar a ver de qué acusan exactamente a los detenidos. ¡A ver si al final alguien tendrá que terminar indemnizándoles, por los perjuicios sufridos!

Agente Cicuta's picture

Pues no lo sé


Pero a la AI ya se la han clavado los jueces en primera y segunda instancia.

Krampo's picture

LSSICE, responsabilidad y sentencias


Efectivamente, aquí está la notícia sobre la sentencia en segunda instancia.

Pero si lees detenidamente la sentencia de primera instancia alucinarás de que ni se mencione la LSSICE, que es precisamente la ley que exonera de responsabilidad tanto al que publica enlaces a contenidos ilícitos (caso ajoderse.com) como al que ofrece un servicio de hospedaje a un tercero que lo utiliza, sin conocimiento efectivo del primero, para publicar contenidos ilícitos (caso putasgae.org).

La sentencia del caso ajoderse.com aplica el régimen de responsabilidad regulado en la LSSICE a rajatabla, mientras que la sentencia SGAE-AI ni se molesta en mencionar la LSSICE. De hecho, la sentencia de la SGAE-AI habla de "servir de mirror" y de "ofrecer albergue" pero, ¿se habrán molestado estos jueces en leerse el artículo 16 de la LSSICE? ¿entienden realmente qué es eso de "servir de mirror" o "ofrecer albergue"?

Alguien terminará poniendo las cosas en su sitio. La AI anunció un recurso al Tribunal Supremo.

metalgames's picture

Copio y pego de otro foro,


Copio y pego de otro foro, creo que es una buena iniciativa:

Buenas,

Lo que hay que hacer es organizarse, lo que quieren esta gente es que nos rindamos, pataleemos y nos pongamos a llorar, pero lo que tenemos que hacer es organizarnos, estar unidos y actuar todos juntos. Una persona no puede hacer nada, pero 100.000 personas ?? Eso ya se nota. Y recordad el pueblo unido jamás será vencido.
La noticia que todos nos temíamos a sido publicada y ahora nos toca a nosotros.

Les propongo lo siguiente:

Tenemos la dirección organizacionp2p@hotmail.com a la que nos tenéis que agregar todas las personas que leáis estoy y vosotros decídselo a todos los que conozcáis. A través del titulo del Messenger se irán dando instrucciones, recordad que cuantos mas seamos mejor.

Ya somos 800 personas cifra aun muy baja. En unos días se creara una Web en la que nos podamos comunicar de una forma mas cómoda.

No descartéis nada, ahora empieza la guerra.

No solo nos están quitando esto, nos están quitando nuestro derecho a la cultura, a la cultura libre, cosa que se consiguió hace años. En Internet esta todo la cultura y mucha de forma completamente libre, a los privilegiados esto no les interesa y si seguimos así nos quitaran hasta Internet. Tenemos que demostrarles que no van a ganar tan fácilmente, Internet mueve miles de millones de personas.

Podemos Ganar.

PD. De decidselo a todos los que podais, escribirlo en foros, tenemos que ganar.
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Yo jamas he estado a favor de las molestas cadenas, siempre las rompo y encima "reenvio a todos" un mail explicando lo que es el HOAX y que no sirven para nada esas cadenas tan molestas, pero esto es una iniciativa buena que creo que cuanto mas se difunda mejor.

Un Saludo gente.... a ver que pasa al final....