Hoy, 21 de Octubre de 2010, la Sala Tercera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto mediante sentencia el asunto C-467/08 entre Padawan S.L y SGAE, donde se declara:
1) El concepto de «compensación equitativa», en el sentido del artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, es un concepto autónomo de Derecho de la Unión, que debe interpretarse de manera uniforme en todos los Estados miembros que hayan establecido una excepción de copia privada, con independencia de la facultad reconocida a éstos para determinar, dentro de los límites impuestos por el Derecho de la Unión y, en particular, por la propia Directiva, la forma, las modalidades de financiación y de percepción y la cuantía de dicha compensación equitativa.
2) El artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29 ha de interpretarse en el sentido de que el «justo equilibrio» que debe respetarse entre los afectados implica que la compensación equitativa ha de calcularse necesariamente sobre la base del criterio del perjuicio causado a los autores de obras protegidas como consecuencia del establecimiento de la excepción de copia privada. Se ajusta a los requisitos del «justo equilibrio» la previsión de que las personas que disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital y que, a este título, de derecho o de hecho, ponen esos equipos a disposición de usuarios privados o les prestan un servicio de reproducción sean los deudores de la financiación de la compensación equitativa, en la medida en que dichas personas tienen la posibilidad de repercutir la carga real de tal financiación sobre los usuarios privados.
3) El artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29 debe interpretarse en el sentido de que es necesaria una vinculación entre la aplicación del canon destinado a financiar la compensación equitativa en relación con los equipos, aparatos y soportes de reproducción digital y el presumible uso de éstos para realizar reproducciones privadas. En consecuencia, la aplicación indiscriminada del canon por copia privada, en particular en relación con equipos, aparatos y soportes de reproducción digital que no se hayan puesto a disposición de usuarios privados y que estén manifiestamente reservados a usos distintos a la realización de copias privadas, no resulta conforme con la Directiva 2001/29.
La sentencia completa puede leerse en:
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2010/10/21/sentencia_canon.pdf
O buscarse en:
http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=es&jurcdj=jurcdj&newf...
¿No cumple?...
car23 Octubre 2010 - 9:20pm
En realidad nunca las cumplió simplemente se las salto y las amoldo para obtener beneficios, beneficios que espero les salgan muy caros y paguen con intereses lo antes posible en un futuro no muy lejano.
Sentencia completa
Envite22 Octubre 2010 - 12:28pm
Ha sido interesante, e ilustrativo, leer la sentencia completa. De verdad que los jueces del TJUE han hecho un buen trabajo.
el titular es un poco sensasionalista
anv22 Octubre 2010 - 11:11am
La resolución dice que a los particulares se les puede cobrar canon pero en el caso de las empresas no se puede presuponer que vayan a hacer copias privadas así que no les pueden cobrar.
Ojalá los obliguen no sólo a dejar de cobrar a las empresas sino a devolver todo lo que les han cobrado hasta ahora.
Sin embargo, para la mayoría de nosotros esto sólo ha servido para confirmar que seguirán cobrándonos este impuesto. La resolución dice que es legítimo presumir que si yo compro una impresora, la usaré para imprimir libros.
La resolución dice:
[...]Dadas las circunstancias, los Estados miembros tienen la facultad de establecer un «canon por copia privada» que grava a las personas que disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital[...]
[...] una vez que los equipos en cuestión se han puesto a disposición de personas físicas para fines privados, no es necesario verificar en modo alguno que éstas hayan realizado efectivamente copias privadas ni que, por lo tanto, hayan causado efectivamente un perjuicio a los autores de obras protegidas. Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician íntegramente de tal puesta a disposición, es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que están dotados los equipos[...]
Me temo lo peor
kawjones22 Octubre 2010 - 9:55am
Como particular me temo que tomaran la peor de las medidas. Le quitaran el canon a empresas, profesionales e instituciones pero las sociedades de gestión, en adelante "los amiguetes", querrán seguir cobrando lo mismo o más. Terminaran subiendo el canon para particulares sobre todo el algunos dispositivos y medios muy populares actualmente: memorias usb, discos multimedia. Pero como los amiguetes pondran el grito en el cielo por el fraude que presumiblemente se generaria: los trabajadores de una empresas podrian comprar dispositivos a través de la empresa, siempre se encuentra el amigo del amigo del vecino que es aparejador o abogado y puede comprar sin canon, etc, optarán por la via facil y de la que es dificil escapar: "Canonizar" las lineas ADSL. Este seria el sistema más eficaz y "barato" ya que se lo aplicarian a todos, incluidas empresas y profesionales, pero estos podrian descontarlo de su cuenta de resultados. En cambio para los particulares tendrán que usar la pelusilla (es lo único que nos queda ya) de los bolsillos para pagarlo.
¡AH! Y que se olviden las empresas de recuperar lo pagado. El mayor pagano es la Administración (Hacienda y Justicia pagan un millonada por la ingente cantidad de cd, dvd, y discos duros que utilizan) y no creo que este por la labor. La sentencia no es vinculable, asi que el quiera recuperar la pasta tendrán que abrir un nuevo y eterno juicio.
Pos sip
Boca23 Octubre 2010 - 4:06am
Así será, seguro, subirán el canon a los particulares para compensar lo que dejan de pagar las empresas; si se tiene que devolver algo lo pagará hacienda (o sea todos) y aprovechando que les han quitado una parte de la sopa boba pedirán más: en el ADSL, en las conexiones de móvil y hasta por respirar por aquello que para cantar una obra protegida hace falta respirar.
Y como el reparto es secreto y muchos de nuestros excelsos políticos son también autores (de libros), pues ya sabemos quienes cobrarán.
A menos que...
admin23 Octubre 2010 - 9:20am
Un particular (o asociación de particulares) inicie un procedimiento similar ante el TJ europeo, pero está vez centrado en el atraco que supone el canon a los particulares.
Lo único positivo
usrdxt22 Octubre 2010 - 12:33pm
de la sentencia es que se ha abierto el camino para que las empresas puedan plantear juicios, pero en sí la aplicación práctica va a ser pequeña.
¿Canon al ADSL más caro de europa? Triste, pero cierto, al tiempo.
Sentencia no vinculante
Envite22 Octubre 2010 - 12:03pm
Claro que no es vinculante: es la respuesta a una consulta desde la Audiencia de Barcelona, que es donde se celebra el juicio entre PADAWAN y «los otros».
Ahora, el juez de Barcelona, teniendo en cuenta esta respuesta europea, dictará sentencia *en España*. Y esa sí será vinculante, y además sentará precedente, y será el camino por el que muchos otros podrán transitar después.
A ver si alguno me dice
FiLeM0N21 Octubre 2010 - 5:50pm
A ver si alguno me dice quien va a pagar las indemnizaciones multimillonarias a las empresas que ahora demandarán al estado español para recuperar los millones pagados a la SGAE.
La respuesta
Agustín22 Octubre 2010 - 11:22pm
La respuesta es -o debería ser- fácil. La Sagrada Cofradía, como cualquier hijo de vecino, debería devolver al Estado las cantidades que hubiera recibido indebidamente de él, prescripciones aparte.. Pero una cosa es la lógica, y otra la Ley y sus aplicaciones. Lo más curioso es que todos sabíamos que el canon era ilegítimo -y lo seguirá siendo en parte- porque se establece un impuesto que el Estado recauda de unos ciudadanos -o empresas-, cuya presunción de inocencia se conculca, para dárselo a unos particulares, supuestaemte perjudicados por el indemostrado delito. Y los asesores jurídicos de la Administración parecían no saberlo, o se hacían los habitantes de Escandinavia Oriental.
A su vez, estos particulares, recipiendarios canónicos, no tienen información fehaciente para decidir a qué autores deberían revertir su parte del canon, porque ignoran qué contenidos se ha copiado el personal, que es presuntamente culpable, eso sí. ¿Cómo lo reparten? Si alguien lo sabe, que lo explique, porfa. Lo raro es que en Europa hayan podido emitir un dictamen sin morirse de risa, como en el chiste del gendarme, que otro día os contaré.
nada de inocencia
anv24 Octubre 2010 - 11:04am
En este caso, no creo que tenga nada que ver la presunción de inocencia, ya que no se acusa a nadie de cometer un delito.
Lo que se presume es que los ciudadanos harán uso de su legítimo derecho de realizar copias para uso privado de las obras que adquieran. En realidad, se presume que harán copias siempre y cuando adquieran los dispositivos y medios necesarios para hacerlas.
A ellos no les importa que a mi no me interese en lo más mínimo copiar su música, y que el DVD que compro lo usaré para hacer 2 copias de mis fotos (porque no confío nada en los DVDs), o para grabar el Linux que me he descargado.
Tal como dice la sentencia, se presume que los ciudadanos harán uso completo de las capacidades de lo que han comprado.
Pero entonces...
Agustín24 Octubre 2010 - 12:41pm
¿por qué habría que pagar un canon a una sociedad de autores? Las capacidades de lo comprado ya se pagan en el precio de compra.
No te esfuerces
admin24 Octubre 2010 - 1:33pm
No creo que merezca la pena seguir utilizando argumentos lógicos para desbancar algo que nunca tuvo lógica alguna.
Borde
Borde21 Octubre 2010 - 4:36pm
además. A mí, como a casi todos, nos van a seguir cobrando el canon. Algunos pensarán que después de tanto tiempo, la justicia NO ha funcionado.
Creo que es una derrota. Eso si. Ahora los cds tienen dos precios dependiendo de quién los compre ---> la puerta se ha abierto....
pero siempre tarde
Borde21 Octubre 2010 - 4:27pm
y algunas veces no compensa retroactivamente.
Es lo de siempre. Primero la metemos, aun sabiendo que nos la quitarán, pero eso ya lo veremos.
A ver cuánto tiempo tiene que pasar para que las empresas no paguen ese canon. ¿se devolverá el dinero?
no me extraña que algunos jovenzuelos, sin miedo a perder nada, opten por "tirar webs" o la rebelión. Porque la juventud pasa pronto, y se apodera de ella la comodidad.
Y sí
admin21 Octubre 2010 - 4:59pm
el resultado es siempre incompleto y casi nunca satisfactorio, pero ya me gustaría a mí saber qué se ha obtenido tirando webs.
Disiento
admin21 Octubre 2010 - 4:57pm
Nada hay tan cómodo y acomodado como la juventud española actual (puedo dar fe: la de mi época no lo fue).
Y nada resulta tan cómodo como aplaudir que se tiren webs o echar firmicas digitales sedadoras de ¿conciencias?
lo de las firmas de acuerdo
Borde21 Octubre 2010 - 6:50pm
pero lo de tirar webs...
A partir del 23 de dic será delito penado hasta con prisión.
En otros países ya lo es.
No creo que "anonymous" se amilane. Sí que se juegan algo. Unos les siguieron la corriente por ignorancia (de lo que les podía acarrear) y porque suena a "robinhood", y dejarán de hacerlo en cuanto haya un cabeza de turco que pague por todos. Pero otros muchos no y seguirán haciéndolo. Y si además es cierto que reporta algún perjuicio económico para el objetivo con más ímpetu lo harán.
Ya no sirve de nada, ni firmas digitales ni en papel. Ni encuestas. Ni foros protesta. Ni lacitos. Ni siquiera salir a la calle con pancartitas y luego decir que fueron tres millones, porque otros dirán que fueron sólo dieciséis mil, cuando en realidad sólo eran veintitres mil. Todo el que ocupa su silla de poder seguirá sentado.
Solo queda la pataleta. Y tirar huevos, abuchear, tirar webs, es la forma de patalear para muchos.
¡vaya palabrada más subversiva! ¡no me reconozco ni yo!
Bueno, para enmendar esto, diré que la gran mayoría ni siquiera hace uso de la pataleta. Ni siquiera tiene la gran paciencia de agotar muchos años de una vida, tan breve que tenemos, en intentar sacar algo de la justicia como ha hecho la señora de Padawan (por la que tengo una gran admiración y es la única vencedora de esta sentencia). Pocos Quijotes hay.
La gran mayoría simplemente damos un click y cambiamos de página, tweet o foro. En esa mayoría, hoy, estoy yo.
Partido Kriptopolero
usrdxt21 Octubre 2010 - 7:40pm
Y que Admin llegue al Congreso de los "Disputados" (los escaños), no veo otra solución para presentar una proposición de ley. Las 500.000 firmas las veo lejanas
Quieto parao!
admin22 Octubre 2010 - 11:00am
Conmigo no cuentes ni en bromas!!
Entonces
usrdxt22 Octubre 2010 - 12:30pm
veo a Agustín como el hombre fuerte del partido :P
Eso!
admin22 Octubre 2010 - 1:24pm
o cualquier otro que tenga estómago para competir con Belén Esteban!
Yo..
Agustín22 Octubre 2010 - 9:33pm
...por Kriptópolis MA-TO!
No toda la juventud
usrdxt21 Octubre 2010 - 5:58pm
es así. Generalizar es fácil, pero casi siempre es odioso. Porque en todas las épocas ha habido acomodados y que que con su esfuerzo se busca el acomodo.
A veces sirve
admin21 Octubre 2010 - 3:04pm
A veces sirve la Justicia. Y mancha menos que tirar webs.
Bueno
usrdxt21 Octubre 2010 - 3:41pm
la Ministra ya ha dicho que buscarán otra forma, lo que acabará desembocando en más dinero del contribuyente gastado y litigios futuros de mayor complejidad.
Pero algo es algo.
¿Podré ir con mis facturas a las tiendas para que me devuelvan lo indebidamente cobrado?
Algunas ya se les ha borrado hasta la tinta.
La ministra
Envite22 Octubre 2010 - 11:59am
El problema no es que la servidora (que es lo que significa «ministra», aunque a ella se le olvide) haya dicho eso, sino que para decirlo se fue a la sede de la Academia de Cine.
Más claro, agua.